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Proyecto III sobre el Decreto 806 de 2020 (MinJusticia).

  • Foto del escritor: Juan Pablo Domínguez Angulo
    Juan Pablo Domínguez Angulo
  • 14 feb 2022
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 18 feb 2022

A este respecto, no hay mucho que comentar. Es el acogimiento integral del Decreto 806 de 2020, propuesto por el Ministerio de Justicia, lo que corresponde con una obra que tuvo origen en el ejecutivo, y que coherentemente el ejecutivo busca mantenerla igual.

Lo único que puede agregarse a este proyecto es que, primero, pareciera haber un buen ambiente legislativo para acoger al Decreto 806 de 2020 como legislación permanente desde diversos sectores y, segundo, esta propuesta de acoger integralmente el Decreto puede que sea la menos peligrosa, políticamente hablando, ya que evita la manipulación y la aparición, o desaparición, súbita de ciertos artículos o enunciados normativos.


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A esta entrada le añado una actualización, el día 18 de febrero de 2020.


El proyecto ahora es presentado por varias entidades estatales, no obstante, esencialmente es el mismo que el ya mencionado, pero excluye los artículos 12 y 13 del Decreto 806 de 2020, y mejora en algo la redacción en el artículo 2 del proyecto de ley.

En seguida dejo link de acceso al proyecto completo:


2 comentários


LIBARDO ANTONIO BLANCO SILVA
LIBARDO ANTONIO BLANCO SILVA
14 de fev. de 2022

Mi crítica a la implementación permanente como ley del decreto 806 se enfoca en el aspecto protocolario y de inmediación de la prueba en el marco de la llamada virtualidad. Si bien ha facilitado la realización de las audiencias en condiciones sanitarias anormales, ya una vez acostumbrados a la convivencia permanente con el virus que justificó su aplicación excepcional, no considero razonable que la excepción se vuelva regla general en tiempos de normalidad.

No creo que tenga mucho eco esta crítica, pero creo que no tenerla en cuenta aunque genere comodidad a las partes y a sus apoderados, dificulta sobre manera un adecuado y fluido ejercicio de la inmediación probatoria, teniendo en cuenta no solo la falta de fluidez de…

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Juan Pablo Domínguez Angulo
Juan Pablo Domínguez Angulo
15 de fev. de 2022
Respondendo a

Buenas noches. Ni más faltaba, su opinión debe ser considerada y este espacio así lo hace. Al respecto, puede que yo esté en otra orilla, pero le agradezco su comentario. Sobre ese punto ya me referí en otra entrada, por lo que dejo a su disposición el siguiente link: https://www.juanpablodominguezangulo.com/post/el-decreto-806-y-sus-enemigos-la-sociedad-abierta-y-sus-enemigos

¡Saludos! JPDA

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