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JUAN PABLO DOMÍNGUEZ ANGULO, Ph. D.
Abogado de seguros
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
También el Estado puede estar obligado la reparación de un daño, consecuencia jurídica de una norma en especial, que es el artículo 90 de la Constitución Política de Colombia que obliga al Estado a reparar daños antijurídicos que provoque.
A través de este mecanismo nuestros clientes pueden obtener la reparación de los daños que el Estado esté obligado, ya que el Estado, también, puede provocar daños contractual o extracontractualmente, con ocasión, por ejemplo, del incumplimiento del Estatuto de Contratación Estatal y sus normas complementarias, o con ocasión de accidentes y similares.
Abogados Cali, Bogotá y Popayán, Colombia.
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